miércoles, 2 de abril de 2014

Ley Cenicienta - ¿Obligados a amar?

Para quien no conozca esta ley, dejo 2 enlaces sobre ella. Que conste, no es para España. Pero ojalá llegase una ley muy parecida a ésta.



Dicho esto, me parece una gran ley, que no solo previene, sino que castiga a aquellos adultos que no cumplan con sus obligaciones como tutores al cargo de sus hijos, o les maltrate. Pero lanzo la única duda que me corroe en base a esta ley. ¿Mostrar amor debe ser obligatorio?

Esta pregunta me produce una doble moral: es cierto que el cariño, y los afectos no sólo son necesarios en un niño, sino que también benefician su desarrollo integral, (el social, el emocional y el psicológico, básicamente). Pero, ¿ahora el amor debe ser un trato para no ir a la cárcel?  Porque ahora, pueden haber padres que se vean “obligados” a querer a sus hijos para que ellos no sean encarcelados. Y, en cierto modo, condiciona a los hijos a este interrogante. ¿Mis padres me quisieron porque les salió, o porque debieron hacerlo?

Yo defiendo la pena por cualquier tipo de maltrato, abuso y/o negligencia de cualquier tutor que esté a cargo de unos menores, pues ya perjudica de por sí, por lo menos, su desarrollo físico, aunque también al emocional y al psicológico, al no cubrir y/o dañar sus necesidades básicas. Y también defiendo que haya vínculos de afecto entre padres e hijos, que beneficien a cada miembro de la familia si es posible; pero no por una cuestión de ley, sino de que realmente porque salga de las condiciones personales de sus adultos de referencia.

Nose, es como si yo, mientras estoy en una relación, quiero y cuido a mi pareja, pero no por que la acepte y la quiera, sino por lo que puedo conseguir de ella, y de los beneficios que me pueda dar. Una cosa no quita a la otra, pero lo que denuncio es la prioridad que existe. Y, en este caso, sería por lo segundo, en lugar de por lo primero.

Es cierto que el amor varía en cada persona, y en cada momento, tanto en su visión, como en su muestra. Pero, precisamente en ello, cada persona tiene sus condiciones personales, y entre ellas, las hay que no son muy cariñosas. Pero eso tampoco implica que no las quiera, simplemente, que les cuesta mostrar afecto, que casi no lo exteriorizan.

También puedo entender que haya condiciones personales que no sean positivas, y que se entrenen otras para erradicarlas. Por ejemplo, la participación para vencer la timidez. Pero el amor, al menos como yo lo entiendo, primero, nace. Y una vez que nace, se hace.

Creo que no podemos negar esa parte de la realidad en esas determinadas personas; pero también considero que, ni mucho menos, se las deben coartar jurídicamente. El amor no debe ser una cuestión de ley. Eso sí, cada tutor/padre sabe perfectamente si se va a ver condicionado o no en gracias al aspecto afectivo de esta ley, porque sabe cómo es.

Por otro lado, existe otra pregunta. ¿Un cierto malestar continuo de los tutores justifica el bienestar completo de sus niños? La verdad es que no sé cómo intentar resolver esta última duda que me surge. Creo que, si hay que priorizar algo, es el bienestar de los niños, los futuros y próximos ciudadanos en desarrollo. Pero simplemente, al igual que los niños tienen derecho a disfrutar con y de sus padres, creo que los padres tienen derecho a disfrutar de sus hijos, y en su compañía, con su propia manera de ser, y no de una determinada forma en que se puedan ver obligados a ser, siempre y cuando se les cubra sus necesidades más básicas. Y yo como hijo, considero que también debo decir que a veces el haberse educado en un bienestar tan completo pasa factura cuando algo tan frágil, y aparentemente insignificante, se altera. Os lo aseguro.

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